Juicio Audiencia Nacional — Impugnación artículo 38 Incentivos

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Estimado/a compañero/a,

 

El lunes día 7  tuvo lugar en la Audiencia Nacional el juicio por la demanda interpuesta por nosotros de impugnación de Convenio Colectivo, artículo 38, el de los Incentivos.

 

No impugnamos todo el artículo, sino solo la parte en la que se indica que para cobrarlos tienes que estar en situación de alta en la empresa en la fecha de su pago.

 

Probablemente a ti te parezca lógico que si has trabajado todo un año o parte de él, los beneficios que hayas generado durante ese tiempo con tu esfuerzo se te paguen, independientemente de si estás todavía en la empresa en marzo o abril del año siguiente.

 

A nosotros, CGT-SIME,  y al Ministerio Fiscal también nos parece lo más lógico y lo más justo.

 

Sin embargo, a UGT, a CCOO, a STC y a la Empresa, se ve que no, porque todos ellos solicitaron la desestimación de la demanda.

 

Entre los argumentos dados por la Empresa escuchamos algunos tan “llamativos” como intentar poner en duda nuestra legitimidad como demandantes, o indicar que en el anterior convenio ya estaba así y no se dijo nada, o que la mayoría de los sindicatos han firmado este convenio y por tanto ese redactado, o que no hemos avisado suficientemente (¡¡¡menos mal que tenemos 20 escritos y hay actas de reuniones!!!). Y algunos mucho más “serios” referentes a la ley y a la jurisprudencia.

 

No podemos saber de antemano cuál será el sentido de la sentencia, pero esperamos que la Audiencia Nacional estime nuestra demanda,  porque todos nos merecemos que nos paguen lo que nos hemos ganado, con independencia de dónde estemos cuando se vaya a abonar.

 

Te mantendremos informado/a.

 

Salud, justicia y libertad.

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