Aclaraciones sentencia nivel 5-6

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Aclaraciones sentencia nivel 5-6

 

Estimado/a compañero/a:

En CGT somos conscientes del lío que se está montando con la aplicación de la sentencia de la Audiencia Nacional sobre el nivel salarial 6 y de la poca colaboración que la empresa está demostrando a los trabajadores que solicitan información. Ante esta situación, queremos aclarar varios puntos:

  1. Si la sentencia te aplica, no es necesario que te afilies a ningún sindicato para que te reconozcan tu nivel salarial y te paguen los atrasos. CGT, en caso de que la empresa no actúe, solicitará a la Audiencia Nacional la ejecución de la sentencia de forma colectiva.
  2. Estamos hablando de niveles salariales, por lo que, en la mayoría de los casos, mirar sólo tu trayectoria en TME no sirve si estás afectado. Debes conocer lo que ganabas en los diferentes años y si tenías un salario base de nivel 5.
  3. Si no dispones de las nóminas y, teniendo en cuenta que la empresa no está por la labor de dártelas, puedes tirar de los correspondientes Certificados de Haberes y Retenciones. Si tu bruto en alguno de ellos es superior al salario base del nivel 5 de ese año,  has de suponer que te aplica. Si no lo hiciera, puesto que también incluye la paga de objetivos y cualquier complemento personal que tuvieras, sería la empresa la que te diría que no y además lo tendría que justificar.
  4. Nuestra recomendación es que esperes acontecimientos con tranquilidad y atención. Todas las cosas llevan su tiempo y el cálculo que debe realizar la empresa, también, puesto que es complejo.  Estamos en periodo vacacional y RRHH no deja de ser otro departamento en el que también trabajan compañeros como tú, que disfrutarán de sus vacaciones.
  5. Lo anterior no significa que nos quedemos con los brazos cruzados. Desde CGT, para ‘animar’ a la empresa a actuar, la hemos instado a la ejecución de la sentencia en sus “estrictos términos”. Además hemos preparado un escrito, que ponemos a tu disposición, para que todos aquellos trabajadores que lo deseen, se dirijan a RRHH solicitando la aplicación de la misma en su caso particular. Esta solicitud es compatible con la colectiva y, por supuesto, voluntaria, aunque no necesaria.
  6. Y, finalmente, si la empresa después de proceder a la regularización de los trabajadores afectados y al pago de los atrasos, se deja algún caso, lo trataremos de manera individual.

En definitiva, tranquilidad. El reconocimiento de nivel y el pago de los atrasos se hará con carácter retroactivo, así que si hemos esperado tantos años, podemos esperar unos meses más. Este tiempo de espera no influye en el total de dinero a pagarte, si es que te aplica la sentencia.

Estamos a tu disposición para cualquier consulta, sugerencia, duda o comentario que quieras hacernos. A través de nuestro buzón o de tus delegados de CGT.

 

Salud y Libertad.

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